miércoles, 14 de septiembre de 2011

Derecho a desaparecer

Ahora que estamos en época de reformas constitucionales, podríamos añadir este derecho: derecho a desaparecer. Se trata de la facultad de no estar, de no estar disponible, ni localizable, ni presente, ni física ni mentalmente. Algo así como una "muerte transitoria", a veces necesaria para volver a la vida. Y podría ser ejercido únicamente con respecto a una persona en particular, o bien erga omnes: no estoy para ti, o no estoy para nadie.
El derecho a desaparecer, como todos los otros, tendría sus límites. No se puede desaparecer si hay personas que dependen de uno de forma absolutamente necesaria. En ese caso, hay que aguantar el tipo. Pero si no causas un daño directo a nadie, entonces sí, tienes derecho a desaparecer...

Los Planetas. Desaparecer.

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